Publicado en: Blog personal
Por: Ismael Pérez Vigil
La Comisión Nacional de Primaria (CP), después de un periodo de consultas, aprobó y están circulando varios reglamentos que normarán la elección primaria del 22 de Octubre (22O) y que serán publicados cuando esté circulando este escrito. Me voy a referir al de la participación o voto de los venezolanos en el exterior, que es uno de los temas sobre los cuales hay más expectativas.
En primer término, en el Reglamento de Voto en el Exterior (RVE), la CP ratifica su competencia como órgano rector para la coordinación y ejecución del procedimiento de inscripción y de votación de los electores en el exterior, que se regirá por los principios básicos establecidos en el Reglamento Marco de la Primaria.
En el RVE, la CP, reitera varios de los principios y señalamientos que ya había anunciado: Voto en el exterior, presencial y manual, de los electores inscritos en el Registro Electoral (RE), previa actualización de ese registro −para ubicar donde votará el elector− verificación de la actualización del RE y de la votación. Veamos cada uno de estos puntos, mediante los cuales la CP dará cumplimiento al mandato reglamentario de promover los mecanismos que hagan viable el voto en el exterior.
Utilización del RE.
Votarán en la Elección Primaria los venezolanos previamente inscritos en el RE. Sabemos que el RE tiene fallas, deficiencias, errores, que no está actualizado, sobre todo en el exterior; todos los que estamos involucrados en procesos electorales sabemos eso, pero es la única base de datos publica, que puede ser verificada y consultada, a la que tienen acceso todos los venezolanos, los partidos políticos, las oenegés, los candidatos, los electores, etcétera. Otra base de datos, que no sea pública, ni de libre acceso, de utilizarse, podría ser objeto de impugnaciones por cualquier elector.
Actualización telemática.
La CP va a actualizar el RE, para que todos los venezolanos que estén en el exterior, en cualquier parte del mundo pero inscritos para votar en Venezuela y que no han podido actualizar sus datos del RE en los consulados, lo puedan hacer para votar en el exterior, en la Elección Primaria.
El procedimiento de esa actualización será telemático o electrónico, por medio de un sistema en línea, bastante simple y en una página Web que se dispondrá para ello. El elector probará su identidad mediante un documento de identidad venezolano, que enviará junto con una foto de su cara y otra foto de su cara sosteniendo su documento de identidad; estos datos serán verificados y validados por un sistema automatizado, con verificación humana. Este proceso estará sujeto a auditoría por parte del equipo técnico de la CP y observación por parte de los representantes o testigos de los candidatos y observadores nacionales.
Verificación e impugnaciones.
Cumplido este proceso, se abrirá un periodo de impugnaciones, en donde los técnicos de la CP, en presencia de testigos de los candidatos y los observadores, decidirán sobre la aceptación o rechazo de un registro. Validada la identidad y el registro, el elector recibirá un correo electrónico, con la comprobación de su actualización y un código único, con el que podrá comprobar si sus datos fueron actualizados y de no ser así, realizar el reclamo correspondiente. Ambas fases, la actualización y posible reclamo, serán sobre la misma base telemática o electrónica.
Con base en esta información, la CP elaborará los cuadernos de votación −para Venezuela y para el exterior− y definirá un mecanismo sencillo, que contará además con “centros de información al elector”, para evitar la posibilidad de doble voto.
La votación el 22 de octubre.
Si bien la actualización del RE será automatizada o telemática, la votación el 22O en el exterior será presencial y manual. El elector, al momento de actualizar su registro, seleccionara su lugar de votación, con base en las ciudades definidas por la CP. Al igual que en Venezuela, en el exterior se hace necesario también concentrar −de acuerdo con las posibilidades y responsabilidad de la CP− la votación de los venezolanos, pues es imposible poner mesas de votación en todos los países, ciudades y pueblos en donde están actualmente los venezolanos.
Para el proceso de votación del 22O en el exterior, la CP ha decidido que los centros de votación se establecerán en 21 países y unas 72 ciudades, con base en los siguientes criterios:
· Ciudades o localidades de mayor concentración de venezolanos según datos oficiales de autoridades migratorias u otros organismos públicos de los respectivos países.
· Ciudades o localidades que tengan buen acceso a ciudades de mayor concentración de venezolanos.
· Ciudades o localidades representativas que tengan buen acceso transfronterizo a ciudades o localidades con concentración dispersa de venezolanos.
· Ciudades o localidades que cuenten con comunidades de venezolanos con capacidad logística y organizativa, en aquellas que cumplan con alguno de los criterios antes señalados, para apoyar y organizar el voto en el exterior.
De todas maneras, la actualización que se hará del RE permitirá afinar algunos detalles.
Conclusión
Desde luego, el Reglamento del Voto en el Exterior contiene muchos otros detalles y aspectos, que por razones de espacio no reproduzco aquí. Pero, en lo esencial, de la manera descrita, la CP da cumplimiento al mandato de hacer viable la participación de los venezolanos en el exterior.