Las revelaciones del “exprés” Zerpa – Ramón Escovar León

Publicado en: El Nacional

Por: Ramón Escovar León

Ramón Escovar León

Las declaraciones del magistrado exprés Christian Zerpa evidencian la gravedad del sistema judicial de la revolución bolivariana. Sus afirmaciones son suficientes para dejar sin efecto las sentencias que suscribió Zerpa, como la decisión sobre las impugnaciones contra los diputados de Amazonas, con la cual la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia le arrebató a la oposición la mayoría calificada en la Asamblea Nacional e impidió el ejercicio de la representación política. Esta decisión le permitió a la Sala Constitucional declarar el “desacato” de la Asamblea Nacional, lo que ha sido el fundamento para despojarla de sus facultades constitucionales.

Vale la pena recordar que en diciembre de 2015, luego del triunfo electoral de la oposición, el parlamento saliente designó apresuradamente a los llamados magistrados “exprés”: elegidos por su incondicionalidad con el chavismo. Este proceso significó el anuncio de lo que vendría después: una cadena de sentencias complacientes con los intereses del proyecto revolucionario para burlar los resultados de las elecciones parlamentarias.

La condición de magistrado del Tribunal Supremo de Justicia requiere del cumplimiento de una serie de requisitos previstos en el artículo 263 de la Constitución. Entre ellos destaca “haber ejercido la abogacía durante un mínimo de quince años y tener título universitario de posgrado en materia jurídica”; haber sido profesor universitario por un tiempo no inferior a quince años y tener la categoría de titular; o juez superior en la especialidad de la materia de la sala para la cual se postula, amén de que se exige disfrutar de prestigio “en el desempeño de sus funciones”.

Además de las exigencias constitucionales, hay un procedimiento que cumplir con unas etapas que respetar y unas normas jurídicas de insoslayable acatamiento. Entre las violaciones que cometió la Asamblea Nacional saliente en diciembre de 2015 en relación con el procedimiento previsto en la Constitución, en la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, en el Reglamento del Comité de Postulaciones y en el Reglamento Interior y de Debates de la Asamblea Nacional destacan la extemporaneidad de la convocatoria, la ausencia de participación ciudadana, la no sustanciación de las impugnaciones realizadas por la sociedad civil y que no se informó sobre el baremo para la preselección. Estas infracciones viciaron la elección de los magistrados exprés elegidos por la revolución en diciembre de 2015.

Para demostrar las infracciones cometidas al momento de elegir a Zerpa, hoy disidente del madurismo, hay dos que merecen comentario. En primer lugar, tenemos que el artículo 256 de la Constitución Nacional prohíbe a los funcionarios judiciales el activismo político, lo cual es obvio, pues se requiere que los magistrados sean imparciales en el ejercicio de sus funciones. Sin embargo, en las designaciones realizadas el 23 de diciembre de 2015 se designó al hoy disidente pese a que era diputado del PSUV; y como diputado participó en el proceso de su elección, en el cual fue aspirante. El obstáculo de la militancia partidista no se puede salvar mediante la aparente “renuncia” al partido (PSUV) pocos días antes de la elección. Esta circunstancia equivale a fraude a la ley.

La huida del magistrado “exprés” a Estados Unidos constituye un golpe noble al régimen, pues demuestra la politización de la justicia en general, y los vicios de las decisiones suscritas por el magistrado disidente en particular. Queda evidenciado el grado de manipulación para torcer la voluntad popular. Así tenemos los casos de los diputados de Amazonas y de las elecciones estudiantiles de la Universidad de Carabobo. De esta manera, las decisiones suscritas por el juez Zerpa pueden ser dejadas sin efecto para restablecer la situación jurídica infringida.

Las revelaciones de Christian Tyrone Zerpa habilitan a la Asamblea Nacional, fundamentada en el artículo 333 de la Constitución Nacional, de hacer lo necesario para restablecer la “efectiva vigencia” del texto fundamental. El reto es evitar la disolución de la República.

 

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